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18
Oct
18-10-2022
Simplificación en los trámites y reducción de costes en la constitución de sociedades limitadas operados por la nueva Ley “Crea y Crece”

El pasado 29 de septiembre de 2022 se publicó en el BOE la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas o, como más comúnmente se la conoce, la Ley “Crea y Crece”.

Según reza el preámbulo de esta norma, que se promulga en el marco de las reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Ley tiene por objetivo facilitar la creación de nuevas empresas y reducir las trabas a las que se enfrentan en su crecimiento, ya sean de origen regulatorio o financiero, para lograr con ello un incremento de la competencia en beneficio de los consumidores, la productividad del tejido industrial, la resiliencia empresarial y la capacidad para crear empleos de calidad.

Entre otras medidas que incluye esta norma, la Ley “Crea y Crece” modifica el artículo 4 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el capital social mínimo, estableciendo la posibilidad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada con un capital social de 1 euro, frente al mínimo legal que estaba establecido hasta el momento en 3.000 euros. Esta medida reduce de forma significativa el coste de constitución.

La Ley “Crea y Crece” también pretende simplificar los trámites de constitución a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).

En nuestra opinión, esta ley incluye medidas apropiadas para favorecer la creación de empresas y adecuarnos en mayor medida a nuestros vecinos europeos.

No obstante, podríamos destacar el hecho de que, en la práctica, las relaciones entre socios y otros stakeholders que orbitan alrededor de la constitución de una nueva sociedad, en muchas ocasiones crea la necesidad de buscar asistencia jurídica para sortear complejidades a las que no puede atender una notaría por medio de un portal informático.

Por último, entendemos que la creación de sociedades “vacías” de capital puede suponer un problema operativo de inicio, pues la nueva entidad no podrá hacer frente ni al pago de las primeras facturas (notaría, Registro Mercantil y otros proveedores).

El tiempo dirá el grado de implementación de estas medidas y su aceptación por parte de los emprendedores.

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