El pasado 11 de julio de este año se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades.
Esta Directiva obligará a los Estados miembros a modificar su Derecho nacional para implementar la constitución online de sociedades mercantiles. La referida Directiva indica que los Estados miembros deberán asegurar que la constitución podrá realizarse íntegramente online sin la necesidad de que los solicitantes comparezcan en persona ante cualquier autoridad o persona u organismo habilitado.
La Directiva prevé, en su Anexo nº 2 bis, los tipos de sociedades mercantiles para los que cada Estado miembro deberá poner a disposición de los solicitantes la constitución online. En el caso de España, los sistemas de constitución online deberán estar disponibles, como mínimo, para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, dejando abierta la posibilidad (pero no obligatoriedad) de que se aplique a otras tipologías de sociedad mercantil.
Esta nueva Directiva debe entenderse sin perjuicio de los procedimientos y requisitos establecidos por el Derecho nacional de cada Estado. Por lo tanto, en España, la constitución de sociedades seguirá estando encomendada a los notarios, los cuales deberán adaptarse al nuevo procedimiento online.
Tal y como se indica en la misma, esta Directiva tiene la intención de facilitar la libre constitución de sociedades mercantiles en todos los Estados miembros, así como reducir los costes y el tiempo asociados a estos procedimientos.
Debe tenerse en cuenta que este nuevo sistema de constitución de sociedades online no será obligatorio. El que quiera constituir una sociedad podrá seguir empleando el sistema presencial tradicional y recibir asesoramiento legal por parte de un abogado, lo cual será muy recomendable para casos que entrañen especial complejidad.
Los Estados miembros deberán transponer a su Derecho nacional esta Directiva a más tardar el 1 de agosto de 2021.