El día 15 de septiembre ha entrado en vigor la Ley Orgánica 11/2022, de 13 de septiembre, de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor.
Esta norma modifica también el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015.
Esta reforma ha nacido con la intencionalidad de dar una mayor protección a las víctimas. Así:
– Se considerará objetivamente delito si las lesiones son relevantes o se causa la muerte y el causante comete una infracción calificada como grave en el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
– Se reduce la pena de multa para el caso de provocar por imprudencia menos grave lesiones que necesitan tratamiento médico o quirúrgico que no son invalidantes, pero sí relevantes. La finalidad es que el proceso se juzgue por el juez de instrucción sin que sea preceptiva la intervención de abogado y procurador. Se juzgará por el procedimiento de delito leve.
– La pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotor se impondrá en todos los delitos contra la seguridad vial, dejando de ser su imposición una facultad del juez.
– Deja de ser necesaria la previa denuncia de la persona agraviada o de su representante legal si el homicidio se ha cometido por imprudencia menos grave utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor.
– Se modifica la redacción del delito de abandono del lugar del accidente a fin de eliminar la remisión al artículo 152.2 del Código Penal, lo cual excluye la exigencia de que las lesiones tengan que producirse por imprudencia menos grave.
– Cuando se produzca un accidente de tráfico con resultado de lesión o muerte, la autoridad administrativa deberá comunicarlo a la autoridad judicial.
– La autoridad administrativa en un procedimiento sancionador que considere que el hecho ofrezca indicios de delito perseguible de oficio deberá ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal y acordará la suspensión de las actuaciones.